Thursday, 12 June 2014

¿Qué es el Anarco-capitalismo?

El Austroliberal, Birmingham 12 de Junio de 2014, por Jorge A. Soler Sanz

El anarco-capitalismo es un programa de investigación en el marco de las CCSS que parte de un enfoque racionalista y no experimental. La metodología propia del anarco-capitalismo, por lo tanto, se sirve de modelos deductivos (no inductivos) que parten de enunciados analíticos cuyo valor de verdad es independiente de la experiencia. La crítica clásica que desde el positivismo se realiza frente a este enfoque consiste en afirmar la circularidad de un pensamiento que no posee de un método experimental a la hora de poner a prueba la verdad del modelo. Constituye ya un tópico de la filosofía el decir que los enunciados analíticos no poseen información alguna acerca del mundo y que al derivar la función de verdad de las premisas el que así opera sólo desgrana lo que ya se hallaba contenido en los enunciados de partida sin aprender nada nuevo. La metodología de ambos enfoques se puede esquematizar de la siguiente manera:

1. Método deductivo: axiomas → deducción → validación
2. Método inductivo: hipótesis → inducción → corrección

Mientras que el método deductivo pretende determinar el valor de verdad de un enunciado elucidando de forma racional las implicaciones que se hallan presentes en los axiomas de partida, el método inductivo partiría de hipótesis que son puestas a prueba en lo real al objeto de determinar el valor de verdad de las mismas.


La justificación que los autores anarco-capitalistas dan de este hecho parte de una postura radical en el ámbito de la ciencia. Como resulta imposible poner a prueba todos los enunciados de una teoría, la exigencia de que sólo tengan sentido esos enunciados cuyo valor de verdad sólo puede determinarse por recurso a la experiencia constituye una petición de principio (no demostrada) imposible de llevar a la práctica. Al testear nuestras teorías, no son los hechos los que nos informan de la verdad de los fenómenos, sino el tipo de asunciones de partida que dan sentido a la propia observación. Y si esto es así, parece mucho más razonable partir de principios de razón que sean autoexplicativos y que no requieran de un acto de fe inicial (asunción de la hipótesis de partida no demostrada).

Para los positivistas, todo enunciado teórico posee una naturaleza provisional e hipotética. Pero es obvio que existe una diferencia fundamental entre enunciados del tipo:

A. Si consumo algo ahora no lo podré consumir después
B. La redistribución sin producción no crea riqueza sino que distribuye lo que ya hay
C. El aumento de la masa monetaria crea inflación
D. El todo es mayor que la parte
E. Cualquier conjunto formado de n+1 objetos no es igual a Ø
F. Si A es igual a B y B igual a C, entonces C es igual a A
G. Dos cuerpos no pueden ocupar el mismo espacio en el mismo tiempo
D. La acción humana implica fines
E. Si un acuerdo es voluntario, el intercambio es mutuamente beneficioso
F. A es igual a A
G. Los extremos no se tocan
H. Si A es mayor que B y B mayor que C, entones A es mayor que C
I. Si A expresa un estado, entonces A no expresa su opuesto
J. Tener más de algo que se necesita siempre es preferible a tener menos
K. etc.

Y enunciados del tipo:

a. La brecha salarial entre el hombre y la mujer se explica por causa de la discriminación
b. Los niños prefieren jugar con pistolas y las niñas con muñecas
c. El consumo de maíz en USA representa un 15% de su PIB
d. Existe un propensión creciente al ahorro en función de los ingresos
e. El hombre posee derechos naturales
f. El gasto público promueve el empleo
g. Las familias mixtas tienden a postergar el consumo
h. Las drogas son malas
i. Alcampo vende más que El Corte Inglés
j. etc.

Para los positivistas, no hay nada que distinga a los enunciados del primer tipo de los enunciados del segundo grupo. Sin embargo, si existe una diferencia, y fundamental. Pretender poner a prueba el primer tipo de enunciados para determinar su valor de verdad implica no haber entendido bien el significado de los términos que los componen. Si, por ejemplo, alguien quisiera testear el enunciado de la acción humana para determinar su estatuto de verdad, nosotros podríamos indicar que en verdad no se ha comprendido bien lo que significa "actuar" o "poseer un fin," pues que uno actúa implica que lo hace por algo. Por otro lado, ¿de qué manera sería posible poner a prueba un enunciado como este? Si así quisiéramos operar, deberíamos suspender el juicio sobre estas categorías (la de acción y fin) y tratar de determinar exclusivamente por recurso a la experiencia si estos fenómenos se dan o no en el mundo natural, pero al hacer esto, uno acaba por desinformarse de los hechos mismos que se pretende valorar. Eso que decimos es un "fin" sólo puede establecerse por referencia al tipo de acciones que lo persiguen, luego prescindir de las mismas categorías que precisamente dan sentido a nuestras observaciones supone renunciar a los criterios que nos permiten ponerlas a prueba. Uno siempre podrá tratar de determinar si el ángulo de un triángulo mide más o menos de 60 grados, por ejemplo, pero lo que nunca podremos hacer es poner a prueba la idea de ángulo (o triángulo) mismo. ¿Qué sentido tiene trazar cientos de triángulos, por ejemplo, para comprobar si su suma es mayor o menor de 180 grados?

¿Qué es el Austro-liberalismo o Libertarianismo Austriaco?

El Austroliberalismo es una filosofía política que postula un modelo social a través de la abolición del Estado y la desregulación estatal de los mercados. Las ideas austroliberales hacen un especial hincapié en la libertad individual, la preeminencia de la propiedad privada, la privatización de la función de gobierno y un funcionamiento no adulterado (intervenido)  de los mercados. El austroliberalismo, en tanto reflexión que se realiza en el ámbito de la filosofía política, no postula ya tanto la abolición de los sistemas de gobierno, como su privatización. La idea de que el austroliberalismo postula un sistema social basado en principios anárquicos es bastante confusa, pues con ello parece que se quiere transmitir la idea de que el enfoque prescinde de toda forma de autoridad, o que se postula un mundo sin instituciones o normas de ningún tipo. El austroliberalismo es anarquista en tanto en cuanto postula la abolición de las funciones ilegítimas de gobierno (Estado), pero no su función originaria (protección de la propiedad privada y libertad individual).

La diferencia fundamental entre austroliberales y liberales clásicos se reduce en exclusiva a las distintas actitudes que se tienen respecto del gasto público. Mientras que, por un lado, el austroliberal niega la posibilidad de cualquier forma de gasto público, los liberales clásicos postulan un mínimo de impuestos para financiar los sistemas de gobierno y justicia. El austroliberalismo, por lo tanto, postula un sistema social totalmente basado en acuerdos voluntarios y descarta la idea de "mínimo de coacción" del liberalismo clásico. Si tenemos en cuenta que el Estado sólo promueve externalidades, el hecho de renunciar al gasto público implica un mejor rendimiento y eficiencia de las instituciones públicas. El austroliberalismo persigue un modelo de financiación privada tanto para la institución de gobierno, como para las de ejército y justicia.

El modelo social austroliberal es uno fragmentado, donde las instituciones de gobierno están abiertas a la competencia sin tener del todo claro quién manda sobre quién. Aquí no se trata de disolver los tres poderes clásicos del Estado, sino de su restitución originaria. Como el enfoque austroliberal parte de los derechos de propiedad del individuo (en función de los cuales se miden los grados de coacción y violencia), el poder legislativo debería estar en manos de los individuos o sociedad civil. En este esquema, el gobierno retiene el poder judicial y las aseguradoras el ejecutivo, que en última instancia representa el brazo político de la sociedad civil (enforcement). La cooperación entre estas tres instituciones, que de forma clásica han venido estando concentrados en la figura de Estado, viene garantizada en este esquema debido a la no autosuficiencia de los medios de producción (Mises). La idea principal a retener aquí es que no tiene mucho sentido mantener unido por la fuerza algo que no puede ser autónomo por naturaleza.  

El principio de no agresión

El Austroliberalismo parte de una noción ética radical en relación con los derechos humanos. Si bien por un lado el resto de posturas justifica la existencia de derechos en el individuo sobre la base de ciertas cualidades inmanentes que se postulan presentes en el mismo (por ser este hombre, disponer de un alma inmortal, estar dotado de razón, etc.), el enfoque austroliberal niega la existencia de derecho alguno de forma anticipada a su declaración, por parte de los individuos, en la sociedad. Dentro de esta postura, el hombre no nacería con derechos absolutos (a la salud, la educación, etc.) sino contingentes (todo derecho tiene una contrapartida de obligaciones). Los derechos individuales no constituyen en este enfoque más que una propuesta normativa que desde el ámbito de la ética (no la moral), uno lanza frente al otro (comunidad de hablantes) al objeto de que la misma sea validada de forma intersubjetiva en sociedad. Sin el compromiso previo de respetar la vida y propiedad del prójimo, por ejemplo, toda propuesta ética que proponga la defensa individual de estos derechos carece de peso normativo. La formulación del principio de no agresión es en este enfoque un meta principio cuya única función es la de separar normativamente la agresión (inicio de la violencia) de la fuerza (respuesta frente a la agresión). Mediante este principio no se quiere significar que todo hombre respete los principios de libertad y derecho a la propiedad privada, sino que sólo introduce un elemento de criterio (normativo) a la hora de justificar una respuesta armada frente a la agresión en sí. Uno siempre podrá hacer uso de la fuerza de forma legítima frente a la agresión perpetrada por terceras personas.

En palabras de Rothbard:

El principio normativo que estoy sugiriendo como principio legal simplemente es este: ninguna acción debería considerarse ilícita o ilegal a menos que invada o agreda a otras personas y sus propiedades. Sólo las acciones invasivas deberían de ser declaradas ilegales, y combatirlas con todo el peso de la ley. La acción invasiva debe de ser concreta y física. Como unos tipos de invasiones son más graves y otras menos, también existen distintos grados de restitución y castigo. El "hurto," que sólo representa la sustracción ilegítima de algo, constituye un crimen más leve que el "robo a mano armada," donde lo más probable es que la fuerza armada se use contra la víctima. Pero aquí, sin embargo, no nos preocupa la pregunta relativa a los distintos grados de invasión o castigo, sino la invasión misma.[i]

El principio de no agresión, por lo tanto, no es más que un principio normativo en función del cual no es posible distinguir la idea de fuerza (legítima) de la violencia (ilegítima). En este orden de cosas, resulta del todo inadecuado decir tales cosas como que "uno se sirvió de la violencia para proteger sus propiedades" o que "se coaccionó a un individuo por medio de la fuerza." Y lo que distingue una cosa de la otra se define en función de quién da el primer paso en pro de la violencia. Ese que ataca, aunque lo haga de forma preventiva, es un criminal, mientras que ese que se defiende sólo hace uso de la fuerza. Lo que se prohíbe en este enfoque, no es ya tanto el hecho de matar per se, sino "asesinar," pues ello implica "iniciación de la violencia."

La Función de Gobierno

El Austroliberalismo puede resumirse en la siguiente fórmula:

1. Piensa sometido a reglas (lógica) y cuestiona toda forma arbitraria (convencional) de autoridad (Estado).

Como la razón principal para instaurar la función de gobierno en sociedad estriba en la protección de la vida, la libertad y la propiedad privada, carece de sentido postular la existencia de una agencia o entidad (Estado) que para poder proteger estos principios necesita atentar contra ellos.[ii] Es así que el Estado pretende proteger la libertad recortando libertades, la propiedad privada expropiándola por medio de los impuestos, o el derecho a la vida iniciando guerras preventivas o negando este mismo derecho a otros. Esta es la razón de que, desde este enfoque, se postule la existencia de sistemas de gobierno voluntarios y se pida la abolición del gasto público. Una agencia de protección que viola estos principios normativos carece de legitimidad en el ámbito de la acción y, por ello mismo, no debe de ser respetada. Como dice Rothbard, "si la ley constituye un conjunto de principios normativos, de ahí se sigue que, estos no se deban respetar a ciegas, tanto si surgen a partir de la costumbre o por decreto."[iii]

Justificación de la Propiedad Privada

La propiedad privada se justifica por extensión sobre la base de la autopropiedad de uno mismo. Fue Rothbard el que formuló esta idea partiendo de la imposibilidad de justificación racional y ética de sus dos únicos supuestos alternativos; es decir, que otro individuo o grupo de personas sean los propietarios de nosotros mismos, o que uno no sea propietario de su propia persona. Cómo estos dos supuestos son imposibles de justificar en una ética normativa y universal que sea válida en todo contexto histórico y tiempo dados, tiene que ser, dice Rothbard[iv], que todos y cada uno de nosotros tengamos la posesión absoluta de nuestro propio cuerpo, y por extensión, del resto de cosas que nos rodean y que no hayan sido previamente apropiadas por otra persona, bien por medio de la apropiación originaria (yo reclamo para mí eso que no tiene dueño), del trabajo (produciendo algo que no existía sirviéndome de mis propios medios y fuerza de trabajo), o el intercambio voluntario (bien sea por medios económicos o como regalo). Si la cosa no tiene dueño, y si yo soy dueño de mi mismo, es posible reclamarla para nosotros mismos, pues al hacer esto, no se viola el derecho a la propiedad privada o libertad de otra persona. O expresado de otra forma. Si la cosa no tiene dueño, ¿quién la puede poseer?, y si no la puede poseer nadie, ¿en base a qué principio de razón desde el preciso instante en que la cosa no poseía dueño? En palabras de Rothbard:

Existen dos principios fundamentales sobre los cuales descansa la teoría libertaria de la propiedad justa: (a) Todos los hombres tienen un derecho absoluto de propiedad sobre su propio cuerpo; y (b) los individuos tienen un derecho absoluto de propiedad sobre cualquier recurso natural (tierra) que no haya sido previamente adueñado por nadie y que estos hayan ocupado y puesto al uso (en el sentido lockeano de "mezclar el propio trabajo con la tierra").

El principio "el primero en adueñarse es el primero en usar" de los recursos naturales también se denomina popularmente como "derecho de hacienda." Si el hombre es dueño de su tierra y éste "mezcla su trabajo con la misma," eso que produzca como fruto de tal mezcla será suyo y podrá intercambiar sus títulos de propiedad con otros productores similares. Esto justifica el derecho de libre contrato en el sentido de una transferencia de títulos de propiedad. Esto también establece el derecho a ceder tales derechos, bien sea por regalo o por herencia.[v]

Justificiación del Sistema de Libre Mercado

La consecuencia lógica de un sistema que aboga por la sacralidad del principio de no agresión no puede sino más que resolverse en un sistema compuesto de acuerdo voluntarios. En este enfoque, cosas tales como los subsidios de gobierno, los favores especiales otorgados a la empresa privada, las políticas proteccionistas, el monopolio del gobierno en la producción de la masa monetaria, los derechos sociales, las leyes antidiscriminación o del salario mínimo, la regulación de la propiedad privada por parte del estado, las políticas de género, la discriminación positiva o acción afirmativa o la dotación de servicios públicos, deben de ser abolidas. Si la propiedad que el individuo tiene de facto sobre su propio cuerpo es absoluta, se carece de justificación a la hora de explicar este tipo de agresiones perpetradas contra el individuo, pues el carácter no contractual y voluntario de este tipo de relaciones implican de por si que la parte que impone el acuerdo se beneficia en mayor medida que ese que lo padece. La idea de promover un sistema de acuerdos voluntarios descansa en la idea de que este tipo de acuerdos son mutuamente beneficiosos para las partes que lo integran, y ello repercute en agregados económicos más rentables y efectivos que el proponer un sistema de intercambio desigual que no beneficia por igual a las dos partes del mismo.

Conclusión

Si un acuerdo es voluntario, eso que se da tiene menos valor que eso que se recibe. Si un acuerdo no es voluntario, eso que se recibe vale menos que eso que se da. Este hecho pone de manifiesto el absurdo de querer intervenir desde fuera qué pueden o no acordar entre sí los individuos cuando no se violenta el axioma de no agresión. El que yo te cambie mi lápiz por tu corbata implica que tanto tú como yo valoramos menos eso que damos que lo que recibimos, pues de otra forma, el acuerdo nunca habría tenido lugar sin coacción. Un observador desde fuera siempre podrá decir "mira que tonto: le ha cambiado un lápiz por una corbata cuando todo el mundo sabe que la corbata vale más," pero lo importante aquí son las razones que uno pueda tener para intercambiar tales cosas y no la percepción subjetiva de terceros frente a este hecho. Un acuerdo que es voluntario es un acuerdo mutuamente beneficiosos para las partes que lo integran, y toda forma de intervención desde fuera no hace más que impedir y dificultar este hecho.







[i] Murray N. Rothbard, Law, Property Rights, and Air Pollution
[ii] Hoppe, The Economics and Ethics of Private Property, Studies in Political Economy and Filosophy, Mises Institute, http://mises.org/books/economicsethics.pdf
[iii] Murray N. Rothbard, Law, Property Rights, and Air Pollution, pag.126; 16-18; http://www.mises.org/rothbard/lawproperty.pdf
[iv] ibid.
[v] Ibid, pag. 145, 14-26.

No comments:

Post a Comment